LISTADO DE TITULARES | ||||||
JEFATURA DISTRITAL NOROESTE | ||||||
DEPENDENCIA | FUNCION | JERARQUIA | APELLIDO Y NOMBRE | TELEFONO DIRECTO | INTERNO | NEXTEL I.D. |
JEFATURA DISTRITAL (Villegas 2450 1er piso) | JEFE | Crio Inspector | Beca Daniel | 4651-1597 | no posee | 502*3307 |
CRIA. N.O. 1RA. SAN JUSTO Villegas Nro 2450 | JEFE | Comisario | Paz Luciano | 4651-3333 | no posee | 178*80 |
Destacamento Villa Constructora (Derqui y Peribebuy) | ENCARGADO | Subcomisario | Montero Cristian | 4691-3175 | no posee | 525*718 |
CRIA. N.O. 2DA. RAMOS MEJIA (Av de mayo 549) | JEFE | Comisario | Chiaradia Norberto | 4656-1118 | no posee | 255*278 |
CRIA. N.O. 3RA. VILLA LUZURIAGA (Garibaldi Nro 2358) | JEFE | Comisario | Rotuno, Geronimo | 4659-3344 | no posee | 279*1879 |
CRIA. N.O. 4TA. LOS PINOS (Carabobo y La Porteña) | JEFE | Subcomisario | Martinez Alejandro | 4669-2090 | no posee | 550*1350 |
CRIA. N.O. 5TA. DON BOSCO (Olivera y Pedraza) | JEFE | Subcomisario | ENRIQUE A. SENA | 4658-6741 | no posee | 603*1361 |
CRIA. N.O. 6TA. L. DEL MILLON (Acha y Balcarce) | JEFE | Comisario | Sanchez Hector | 4647-0172 | no posee | 694*2435 |
CRIA. De La Mujer y La Familia San Justo | JEFE | Comisario | ROJAS OFELIA | 4484-5826 | no posee | 547*504 |
JEFATURA DISTRITAL NORESTE | ||||||
DEPENDENCIA | FUNCION | JERARQUIA | APELLIDO Y NOMBRE | TELEFONO DIRECTO | INTERNO | NEXTEL I.D. |
JEFATURA DISTRITAL (Circulnvalacion y Del Tallo) | JEFE | Crio. Inspector | Avila Claudio Marcelo | 4480-5663 | no posee | 687*662 |
CRIA. N.E. 1RA. VILLA MADERO (Pedernera Nº 947) | JEFE | Comisario | Ceriani Diego | 4652-3000 | no posee | 554*3683 |
CRIA. N.E. 2DA. L. DEL MIRADOR ( Quintana Nro 3205) | JEFE | Comisario | Capalbo Francisco | 4652-3443 | no posee | 601*673 |
DTO. L. DEL MIRADOR (Av San Martín y Cavia) | ENCARGADO | Oficial Principal | Vera Luis Alberto | 4482-5683 | no posee | 546*113 |
CRIA. N.E. 3RA. LA TABLADA (Alberti Nº 702) | JEFE | Comisario | Iglesias Jorge Antonio | 4697-8103/7195 | no posee | 834*2567 |
CRIA. N.E. 4TA. TAPIALES (Altolaguirre Nº 230) | JEFE | Subcomisario | Alejandro Morel | 4462-2935 | no posee | 525*717 |
SUBCOMISARIA ALDO BONZI (José Alico Nº 1020) | JEFE | Subcomisario | Vogler Gustavo | 4442-0476 | no posee | 132*2101 |
CRIA. N.E. 5TA. MERCADO CENTRAL (Circunvalacion y Del Tallo) | JEFE | Comisario | Urus Roberto | 4480-5665 | no posee | 584*1312 |
CRIA. N.E. 6TA. VILLA RECONDO (Ugarte Nro 850) | JEFE | Comisario | Ocampo Diego | 4622-4000 | no posee | 184*311 |
JEFATURA DISTRITAL OESTE | ||||||
DEPENDENCIA | FUNCION | JERARQUIA | APELLIDO Y NOMBRE | TELEFONO DIRECTO | INTERNO | NEXTEL I.D. |
JEFATURA DISTRITAL (Paris Nº 2837 1er piso) | JEFE | Crio. Inspector | Cubilla Luis | 44856752 | no posee | 907*9272 |
CRIA. OESTE 1RA. ISIDRO CASANOVA (Paris Nº 2837) | JEFE | Subcomisario | Rodriguez Sergio | 4690-1040 | no posee | 547*5379 |
CRIA. OESTE 2DA. SAN CARLOS (Bedoya Nº 3474) | JEFE | Comisario | Lopez Claudio | 4625-6204/4758 | no posee | 279*18 |
CRIA. OESTE 3RA. RAFAEL CASTILLO (M de Andes Nº 1758) | JEFE | Comisario | Casco Marcelo Alejandro | 4453-1316/1007 | no posee | 279*187 |
CRIA. OESTE 4TA. SAN ALBERTO (Pekin Nº 4280) | JEFE | Comisario | Gatti Marcelo | 4694-3772/ 9425 | no posee | 241*1377 |
JEFATURA DISTRITAL ESTE | ||||||
DEPENDENCIA | FUNCION | JERARQUIA | APELLIDO Y NOMBRE | TELEFONO DIRECTO | INTERNO | NEXTEL I.D. |
JEFATURA DISTRITAL (Lopez May 3303) | JEFE | Crio. Inspector | Segovia Pablo | 46265427 | no posee | 578*1748 |
CRIA. ESTE 1RA. GREGORIO LAFERRERE (Lopez Masy 3303) | JEFE | Comisario | Morel Luciano | 4626-1111 | no posee | 547*241 |
DTO. GREGORIO DE LAFERRERE (Recuero 6765) | ENCARGADO | Ofl Principal | Ramirez Martin | 44693930 | no posee | 560*163 |
CRIA. ESTE 2DA. ALTOS DE LAFERRERE (Jorge Newbery y 3 Cruces) | JEFE | Comisario | Coronel Luis | 4626-0088 | no posee | 628*5034 |
CRIA. ESTE 3RA. CIUDAD EVITA (La Choca y el Guayacan) | JEFE | Comisario | Carabajal Fernando Ariel | 4487-2043 | no posee | 155*741 |
DTO. José INGENIEROS (La Quila y El Zorro) | ENCARGADO | Subcomisario | Goñez Santiago | 44875427 | no posee | 538*1459 |
JEFATURA DISTRITAL SUR | ||||||
DEPENDENCIA | FUNCION | JERARQUIA | APELLIDO Y NOMBRE | TELEFONO DIRECTO | INTERNO | NEXTEL I.D. |
JEFATURA DISTRITAL (Ruta Nº 3 KM 35) | JEFE | Crio. Inspector | Dominguez Daniel | 02202-446323 | no posee | 502*5451 |
CRIA. SUR 1RA. GONZALEZ CATAN (Saenz Nº 404) | JEFE | Subcomisario | Ordoñez Victor Samuel | 02202-433627 | no posee | 729*150 |
DESTACAMENTO 20 DE JUNIO | ENCARGADO | Subcomisario | Raul Reynoso | 0220-4920091 | no posee | 556*3497 |
CRIA. SUR 2DA. VIRREY DEL PINO (Ruta 3 Km 35) | JEFE | Subcomisario | Mancuello Esteban | 02202-494999 | no posee | 568*475 |
DESTACAMENTO ORO VERDE (Miller y Warnes) | ENCARGADO | Subcomisario | Dario Morales | 02202-440805 | no posee | 266*7296 |
DESTACAMENTO LAVORATO (Ruta 3 KM. 43,500) | JEFE | Subcomisario | Daniel Alvarez | 02202-490154 | no posee | 301*3414 |
CRIA. SUR 3RA. VILLA DORREGO ( Achpallas Nº 6167) | JEFE | Comisario | Aguirre Hugo | 02202-451850 | no posee | 628*3081 |
CRIA. De La Mujer y La Familia Sur | JEFE | Comisario | Gonzalez Marcela | no posee | 568*929 | |
"La inseguridad es lo màs grave que está en juego: la vida e integridad de las personas, el derecho a la libertad, el disfrute de la propiedad. La defensa incondicional de estos derechos son parte esencial de la vida de un pueblo. Renunciar a luchar por ellos es morir en vida. En medio de tanto dolor, hay sólo una cosa que no podrán quitarnos nunca: la esperanza, estrella polar de los pueblos en la lucha por la justicia y la libertad."
¡PROVINCIA INSEGURA!
Y DEJAREMOS SIEMPRE HUELLAS DE LO Q HACEMOS Y HAREMOS EN BENEFICIO DEL CIUDADANO DE BIEN...
caminando SIEMPRE Y DEJANDO HUELLAS
lunes, 11 de enero de 2016
NUEVO LISTADO DE TITULARES DE LA JEFATURA DEPARTAMENTAL LA MATANZA, AGRADECEMOS AL SECRETARIO DEPARTAMENTAL POR ENVIARNOS LA LISTA
CUANDO LA LIBERTAD O EL VIP SE CANJEA EN LAS CARCELES!!
7 de cada 10 presos admiten que se pagan "propinas y sobornos"
El alarmante dato se desprende de un pormenorizado informe realizado por el Centro de Estudios Latinoamericanos sobre Inseguridad y Violencia (Celiv), de la Universidad Nacional de Tres de Febrero. El documento concluyó además que un 30 por ciento de los reclusos paga para acceder a las visitas íntimas y un 28 por ciento para ingresar a la unidad penitenciaria objetos prohibidos como drogas y celulares.
El estudio que lleva el nombre "Condiciones de vida en la Cárcel: Resultados de la encuesta de detenidos condenados", se realizó con el objetivo de analizar las condiciones de vida en reclusión y su impacto en la futura reinserción social de los individuos privados de libertad.
"En nuestro país los penales se encuentran ocupados al 100%, sin embargo no presentan serios problemas de hacinamiento. La mayoría de la población carcelaria son hombres y el 62% de los internos permanece sin condena", explicó el doctor en sociología Marcelo Bergman.
Bergman dirigió el estudio realizado sobre la base de encuestas realizadas a 1.033 internos condenados en el Sistema Penitenciario Bonaerense y en el Federal.
El trabajo se enfoca en las condiciones materiales y no materiales de reclusión (saneamiento, hábitat en el penal, higiene personal, necesidades y elementos básicos, educación, trabajo, contacto con el mundo exterior, salud, adicciones) y revela que las condiciones carcelarias en Argentina se van deteriorando con el aumento pronunciado de la población detenida.
"El sistema carcelario argentino presenta mejores condiciones en comparación con los resultados de los sistemas penitenciarios de Brasil, Chile, El Salvador, México y Perú; pero esta particularidad obedece más a la precariedad de los otros sistemas que a las fortalezas propias", señaló Bergman.
Según el informe realizado, al igual que en los países latinoamericanos observados, la mayoría de la población son hombres y el 50% tiene menos de 33 años.
"El 73,7% de los varones proviene de un entorno donde hay antecedentes delictivos y el 30% de los presos se encontraba desocupado durante el último mes antes de ser detenido", comentó Bergman que también es director del Celiv.
En el informe se resalta que "la mayoría de los reclusos considera mala la calidad de la comida e insuficiente pero la gran mayoría accede a suficiente agua potable para beber, a diferencia de Brasil que presenta los números más bajos de la región (57,7%)".
En cuanto a los "pagos improcedentes", el estudio revela que en las cárceles argentinas se pagan propinas y sobornos para acceder a varios beneficios.
"Un 70% declaró que debe pagar para ingresar alimentos, un 30% para acceder a las visitas íntimas y un 28% para ingresar objetos prohibidos como drogas y celulares. Muchos admiten que se consumen drogas en las cárceles, y que éstas provienen de sus familiares, un 44%, y de personal que trabaja en el penal (25%)", se señaló.
Otro de los datos relevantes que presenta el trabajo es el contacto de los individuos con las drogas y el alcohol: el 37% de los reclusos creció en hogares donde el consumo de drogas y alcohol era habitual.
Argentina se ubica entre los países latinoamericanos con una de las más bajas tasas de encarcelamiento, de 152 internos por cada 100.000 habitantes. En el año 2014 había 63.000 internos en las cárceles entre procesados y condenados, de los cuales, la población es mayormente joven, ya que se determinó que el 50% tiene menos de 33 años. La mayoría de los presos son hombres, y la mitad cursó hasta la primaria. En cuanto a las mujeres detenidas, más de la mitad, un 54,1%, tiene hasta tres hijos y además el 42,1% tiene a su pareja también presa.
El informe concluye que si bien el hacinamiento, la provisión de bienes básicos y los programas de educación y trabajo no están en situación crítica como en otros países de la región, las condiciones carcelarias en Argentina son deficientes, y de esta manera las cárceles pueden generar más inseguridad al fomentar la estigmatización, el resentimiento y la conformación de redes delictivas.
miércoles, 6 de enero de 2016
La Policía podrá pedir en la Ciudad los documentos sin motivos de sospecha
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires contrarió fallos de tribunales inferiores que habían declarado la nulidad de un procedimiento que derivó en una detención por entender que "la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación y exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido".
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Capital Federal avaló la facultad de la policía para pedir documentos a personas en lugares públicos como forma de prevenir hechos delictivos. Así lo resolvió el más alto tribunal porteño al revocar dos fallos de la justicia en lo Penal y Contravencional porteño que había anulado un operativo en el que un hombre fue detenido en la estación Constitución de trenes, después de que le fuera pedida su identificación y él mismo admitió que portaba un arma de fuego.
Los fallos anteriores habían anulado el procedimiento. La Sala II de la Cámara de Apelaciones había ratificado una resolución anterior en la que se dictó la nulidad del procedimiento "por entender que la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación —aunque fuese por un tiempo mínimo— y de exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido para hacerlo".
El caso, según el fallo, fue el siguiente: el 14 de abril de 2014, a las 15:20 "al encontrarse identificando personas al azar, un policía solicitó a Lucas Abel Vera la exhibición de su documento personal, quien en ese momento comenzó a demostrar un cierto nerviosismo. En ese instante, de forma espontánea manifestó poseer un arma de fuego en la cintura". Vera fue inmediatamente detenido por esa cuestión.
Una de las integrantes del TSJ porteño, Inés Weinberg explicó que "la policía estaba identificando personas al azar en la Estación Constitución en virtud de diferentes reclamos realizados por la empresa ferroviaria y por los usuarios respecto del consumo de estupefacientes y de la comisión de distintos hechos delictivos en la zona".
En ese marco, la jueza recordó que "la policía tiene entre sus funciones la de prevenir delitos", y se refirió a la "prevención del delito a toda actividad de observación y seguridad destinada a impedir la comisión de actos punibles".
"En el caso concreto de Vera se interrumpió su libre circulación por el tiempo estrictamente necesario para solicitarle que exhibiera su documentación personal. La detención posterior no estuvo relacionada con el pedido de identificación. Lo que comenzó siendo un mero procedimiento de identificación al azar se convirtió en una requisa personal y en una detención en flagrancia", explicó la jueza.
El juez Luis Lozano sostuvo que "la competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una 'actividad de seguridad' (de prevención del delito)". "Ello no importa sostener la validez de toda medida consistente en solicitar la exhibición del documento de identidad", aclaró, sin embargo el magistrado.
Por su parte, el juez José Casás, sostuvo que el fallo que anuló el procedimiento "parece haber partido de la equivocada equiparación de la mera interceptación de una persona en la vía pública al solo efecto de solicitar su identificación con su detención o la eventual requisa de sus pertenencias".
Para la Corte de la Capital, los jueces que habían dejado sin efecto toda la causa "incurrieron en un claro exceso al subsumir el acto invalidado, sin más, en el concepto de arresto, pues con ello pasaron por alto que la restricción a la libertad de circulación de Vera por parte del agente interviniente se redujo únicamente al tiempo estrictamente necesario para solicitarle que exhibiese su documentación personal".
Advirtió sin embargo que "resultará necesario descartar que la actuación policial haya sido guiada por parámetros discriminatorios"."La legitimidad del ejercicio de la facultad habilitada dependerá de un estudio de las circunstancias que la rodearon, a la luz de los parámetros antes establecidos, que aún no ha sido efectuado en estas actuaciones", aclaró.
Otra integrante del tribunal, la jueza Ana María Conde coincidió con los argumentos de sus colegas, pero votó en disidencia por discrepancias formales o de procedimiento.
La decisión del TSJ ordenó "devolver las actuaciones a la Cámara para que otros jueces se pronuncien sobre la legitimidad del procedimiento, con arreglo a la doctrina aquí sentada", es decir avalando lo actuado.
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires contrarió fallos de tribunales inferiores que habían declarado la nulidad de un procedimiento que derivó en una detención por entender que "la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación y exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido".
Los fallos anteriores habían anulado el procedimiento. La Sala II de la Cámara de Apelaciones había ratificado una resolución anterior en la que se dictó la nulidad del procedimiento "por entender que la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación —aunque fuese por un tiempo mínimo— y de exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido para hacerlo".
El caso, según el fallo, fue el siguiente: el 14 de abril de 2014, a las 15:20 "al encontrarse identificando personas al azar, un policía solicitó a Lucas Abel Vera la exhibición de su documento personal, quien en ese momento comenzó a demostrar un cierto nerviosismo. En ese instante, de forma espontánea manifestó poseer un arma de fuego en la cintura". Vera fue inmediatamente detenido por esa cuestión.
Una de las integrantes del TSJ porteño, Inés Weinberg explicó que "la policía estaba identificando personas al azar en la Estación Constitución en virtud de diferentes reclamos realizados por la empresa ferroviaria y por los usuarios respecto del consumo de estupefacientes y de la comisión de distintos hechos delictivos en la zona".
En ese marco, la jueza recordó que "la policía tiene entre sus funciones la de prevenir delitos", y se refirió a la "prevención del delito a toda actividad de observación y seguridad destinada a impedir la comisión de actos punibles".
"En el caso concreto de Vera se interrumpió su libre circulación por el tiempo estrictamente necesario para solicitarle que exhibiera su documentación personal. La detención posterior no estuvo relacionada con el pedido de identificación. Lo que comenzó siendo un mero procedimiento de identificación al azar se convirtió en una requisa personal y en una detención en flagrancia", explicó la jueza.
El juez Luis Lozano sostuvo que "la competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una 'actividad de seguridad' (de prevención del delito)". "Ello no importa sostener la validez de toda medida consistente en solicitar la exhibición del documento de identidad", aclaró, sin embargo el magistrado.
Por su parte, el juez José Casás, sostuvo que el fallo que anuló el procedimiento "parece haber partido de la equivocada equiparación de la mera interceptación de una persona en la vía pública al solo efecto de solicitar su identificación con su detención o la eventual requisa de sus pertenencias".
Para la Corte de la Capital, los jueces que habían dejado sin efecto toda la causa "incurrieron en un claro exceso al subsumir el acto invalidado, sin más, en el concepto de arresto, pues con ello pasaron por alto que la restricción a la libertad de circulación de Vera por parte del agente interviniente se redujo únicamente al tiempo estrictamente necesario para solicitarle que exhibiese su documentación personal".
Advirtió sin embargo que "resultará necesario descartar que la actuación policial haya sido guiada por parámetros discriminatorios"."La legitimidad del ejercicio de la facultad habilitada dependerá de un estudio de las circunstancias que la rodearon, a la luz de los parámetros antes establecidos, que aún no ha sido efectuado en estas actuaciones", aclaró.
Otra integrante del tribunal, la jueza Ana María Conde coincidió con los argumentos de sus colegas, pero votó en disidencia por discrepancias formales o de procedimiento.
La decisión del TSJ ordenó "devolver las actuaciones a la Cámara para que otros jueces se pronuncien sobre la legitimidad del procedimiento, con arreglo a la doctrina aquí sentada", es decir avalando lo actuado.
comisarias de LA MATANZA
COMISARIAS MATANCERAS A LAS QUE PODES ACUDIR
Comisarías
JEFATURA DEPARTAMENTAL: 4487-3535
COMANDO DE PATRULLA: 4620-4091
Dependencia | Localidad | Dirección | Teléfono |
Dto. Fem.La Matanza | Isidro Casanova | Roma y Lascano | 011 4625 0474 |
Cria. La Matanza 1º | San Justo | Villegas Nº2459 | 011 4482 5683 – 4484 4700 |
Cria. La Matanza 2º | Ramos Mejia | Av.De Mayo Nº549 | 011 4656 1118 – 4658 1683/ |
Cria. La Matanza 3º | Villa Madero | Pederneras Nº947 | 011 4652 3000/4444 – 4655 |
Cria. La Matanza 4º | Gregorio Laferrere | R.Obligado y Gutierrez | 011 4626 1111/1444 |
Cria. La Matanza 5º | Gonzalez Catan | Saenz Nº404 | 02202 42 2333/2691 |
Dto. 20 De Junio | 20 De Junio | Urien y Castex | 02202 4 |
Cria. La Matanza 6º | Isidro Casanova | Paris Nº2837 | 011 4625 4049/5711 |
Cria. La Matanza 7º | Tapiales | Aut.Richeri y Boul.Sum | 011 4442 7804/ 44805663 |
Cria. La Matanza 8º | Lomas Del Mirador | Quintana y Tapalque | 011 4652 3344/3443 |
Cria. La Matanza 9º | Ciudad Gral.Guemes | Casa 1 Mza 5 C.Evita | 011 4487 2043/4620/3333 |
Cria. La Matanza 10º | Lomas Del Millon | Gral.Acha y Balcarce | 011 4647 0172 – 4653 3344 |
Cria. La Matanza 11º | Villa Recondo | Av.Diaz S/N | 011 4622 4000/4422 |
Cria. La Matanza 12º | Tapiales | Tuyuti y Altolaguirre | 011 4422 3131/ 44620555 |
Cria. La Matanza 13º | La Tablada | Alberti Nº702 | 011 4652 4106/4936 |
Cria. La Matanza 14º | Rafael Castillo | Mendez De Andes Nº1752 | 011 4697 7195/8103 |
Cria. La Matanza 15º | Villa Luzuriaga | Garibaldi Nº2388 | 011 4443 1301 – 4659 3344 |
Cria. La Matanza 16º | Virrey Del Pino | Miller y Warnes | 02202 44 0444/1808 |
Cria. La Matanza 17º | Don Bosco | Olivera y Pedraza | 011 4656 9555 – 4658 6741 |
Cria. La Matanza 18º | Altos De La Ferrere | Santa Rosa Nº5083 | 011 4626 0888/0153 |
Cria. La Matanza 19º | Villa Dorrego | Carzon y Achupallas | 02202 45 1850/3926 |
Cria. La Matanza 20º | San Alberto | Perkins y Desaguadero | 011 4694 2222/9425 |
Cria. La Matanza 21º | San Carlos | Vedoya y Olivieri | 011 4625 4758/6204 |
Cria. La Matanza 22 | Los Pinos | Carabobo y Porteña | 011 4669 0919/20 |
Cdo.Pat. La Matanza | La Matanza | Aut.Richeri Y Pte.12 | 011 4620 4091 |
Grupo Geo | San Justo | R.4 y Aut.Richeri | 011 4620 4091/1092/4080 |
Scdo. Villa Recondo | Villa Celina | Avelino Diaz S/N | 011 4462 2707 |
Scdo. Virrey Del Pino | Gonzalez Catan | Miler y Warnes | 02202 44 0805 |
telefonos utiles
Contacto
Teléfonos útiles | |
0221-429-3000 | Dependencias del Ministerio |
911 | Central de Emergencias Policiales (101 en las localidades que no disponen del 911) . Atención permanente las 24 hs. |
100 | Emergencia . Bomberos . Atención permanente las 24 hs. |
103 | Emergencia . Defensa Civil . Atención permanente las 24 hs. |
107 | Emergencia Médica en la Vía Pública . Atención permanente las 24 hs. |
Teléfonos de utilidad general | |
0800-999-8358 | Recepción de denuncias sobre faltas funcionales graves |
0800-222-6902 | Recepción de denuncias, solicitar inspecciones, efectuar consultas acerca de armas |
0800-333-5502 | Consultas personas desaparecidas o halladas (vivas o fallecidas) cuya identidad se desconoce |
0800-222-7060 | Recepción de denuncias de uso indebido de drogas |
0800-666-8022 | Recepción de Denuncias en materia de Seguridad Privada |
0800-666-6066 | Consultas Dirección de Heridos (de lunes a viernes en el horario de 08.00 a 18.00 hs) |
0800-999-0998 | Asistencia a la Población Carcelaria - Dirección de Población Carcelaria |
0800-222-2422 | Relaciones con la Comunidad |