Reflexiones sobre la inseguridad y la violencia de género
La inseguridad es uno de los flagelos más graves que afectan a la sociedad, un fenómeno social que resume infinidad de hechos perversos.
En Mendoza, hay inteligencias de intensa profundidad, en todos los contornos de la comunidad, que deberían ser convocadas para lograr un repertorio de ideas eficaces y la construcción de respuestas destinadas a recuperar el equilibrio y la paz social. Es que la vida democrática requiere, frente a graves problemas, otras instancias que anidan en el mismo pueblo.
La construcción de ideas firmes y claras precisa de tres cosas: una férrea disciplina, una metodología adecuada y un objetivo de inexorable cumplimiento.
En razón de ello, el establecimiento de estructuras sociales contestatarias al flagelo de la inseguridad reclama más que ideas políticas, concretamente una política de ideas encaminadas a superar la visión segmentada de los partidos y lograr políticas de Estado.
Enseña la historia que los pueblos que superan sus dificultades sociales son los que contraen la obligación de prever y construir un futuro distinto, en este caso, que ponga fin y control a la inseguridad que se encuentra hoy impunemente instalada entre los pliegues de las relaciones sociales.
Es un error suponer que los diferentes sectores sociales se encuentran distantes del diseño de estrategias acertadas. La inseguridad tiene que ver con la totalidad de la vida social.
En las relaciones asimétricas de pareja, una de las partes, (mayoritariamente el varón), persigue el disciplinamiento, el control, la subordinación y la dependencia de su pareja.
La vigilancia jerarquizada y constante del victimario impide en muchos casos, que la víctima neutralice los peligros o que denuncie los hechos. La inseguridad existencial rompe los límites cuando se extiende a los hijos y demás convivientes.
Una larga historia de lucha contra la desigualdad de la mujer comienza a dar sus frutos en el ámbito jurídico. El logro de la declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, de la Asamblea General de la ONU; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (conocida como Convención de Belem Do Para); en el ámbito nacional la reforma de la Constitución Nacional de 1994; la ley 24.417 de protección contra la violencia familiar; la ley 24.632 y en Mendoza la ley 6.672, constituyen avances en la consideración y protección jurídica de la mujer.
Sin embargo es preciso reflexionar que en el ámbito social aún resta conseguir la mutación de hábitos culturales, hasta ahora muy arraigados, o como bien dejó sentado en un caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el cambio social en los papeles de las mujeres debe ir acompañado de un cambio en las actitudes y mentalidades tradicionales de cariz patriarcal.
Ésta es la gigantesca tarea que se deberá desplegar en el futuro en todos los escenarios sociales. Como decía Chesterton en Hombrevida: “Sólo una cosa hay necesaria: Todo. El resto es vanidad de vanidades”.