"La inseguridad es lo màs grave que está en juego: la vida e integridad de las personas, el derecho a la libertad, el disfrute de la propiedad. La defensa incondicional de estos derechos son parte esencial de la vida de un pueblo. Renunciar a luchar por ellos es morir en vida. En medio de tanto dolor, hay sólo una cosa que no podrán quitarnos nunca: la esperanza, estrella polar de los pueblos en la lucha por la justicia y la libertad."
¡PROVINCIA INSEGURA!
Y DEJAREMOS SIEMPRE HUELLAS DE LO Q HACEMOS Y HAREMOS EN BENEFICIO DEL CIUDADANO DE BIEN...
caminando SIEMPRE Y DEJANDO HUELLAS

lunes, 2 de abril de 2012


Inseguridad: crecen los secuestros express
Expertos en seguridad afirmaron que son bandas que salen de la cárcel tras haber cumplido penas por delitos similares.
En ese sentido, fuentes policiales explicaron a Noticias Argentinas que en este tipo de grupos, hay sujetos "que salieron hace poco en libertad, luego de estar presos desde 2000 ó 2001 por secuestros extorsivos, incluso seguidos de muerte", por lo que permite agregar que la delincuencia "cambió en cierta forma de rubro".
Para citar un ejemplo el delincuente que mató el conductor radial Angel "Baby Etchecopar cuando entraron a robarle a su casa era Alejandro Ezequiel Morilla, de 24 años, quien tenía libertad condicional cuando le habían dado una pena de "3 años y 6 meses por robo calificado en poblado y en banda, secuestro extorsivo, resistencia a la autoridad y abuso de armas, todo en 2008".
El objetivo de una banda dedicada a secuestros express se mueve habitualmente "en dos automóviles como mínimo y para eso usan Volkswagen Vento o Volkswagen Bora por la velocidad que posee estos vehículos", detalló a NA un jefe policial.
"Si tienen que elegir se inclinan por el Bora porque es rápido, pero más grande y eso les permite a los delincuentes poder transportar armas más grandes de manera más fácil", sostuvo la fuente.


DEBERIA AMPLIARSE A TODA LA PROVINCIA!!


domingo, 1 de abril de 2012
UNA RECETA QUE PARECE SENCILLA!!
Inseguridad: ¿Qué hacemos los ciudadanos?
Cuando la confianza deja de presidir las relaciones sociales, perdemos la capacidad de comunicación y la indiferencia se instala en general. Ya no podemos solventar las diferencias por medio del diálogo o el arbitraje sino que se recurre a la agresión o a la intervención de abogados y jueces. Parece evidente que este es nuestro caso. Tanto la guerra que sufrimos por un lado, como la situación mundial financiera y económica por el otro, podrían ser en buena medida las causas de la falta de confianza que impide mirar hacia una visión de nación compartida o unirse en el combate contra los males tan macabros como la situación de inseguridad y violencia actual.
Ya se conocen algunos de los mecanismos que regulan la confianza: “Resultan decisivos los primeros años de vida de las personas, cuando se adquiere la confianza originaria. Si el bebé encuentra una acogida cariñosa, generalmente por parte de los padres, se sentirá seguro y confiado. Cuando crezca, el mundo le parecerá un lugar familiar y se moverá en él sin inquietud, como en su casa. Por el contrario, si experimenta abandono o maltrato, muy probablemente quedará marcado para siempre: percibirá el mundo como amenazador y peligroso, lo que puede inducir retraimiento o conductas agresivas. Y de fondo, la idea de que no se puede confiar en los demás. Tenemos así jóvenes y adultos inhábiles para la empatía y el amor, incapaces de ponerse en el lugar del otro. Cuesta mucho superar esas carencias básicas, aunque no resulte del todo imposible. Además de recibir la oportuna terapia, es preciso sentirse querido, objeto de un amor incondicionado”


sábado, 31 de marzo de 2012
Más del 30% de los robos de vehículos son a mano armada




De eso no se habla
Tal vez sea yo el equivocado pero considero que por una simple cuestión de respeto a la víctimas de tanta muerte injusta, la Presidenta debió por lo menos una sola vez en su vida denunciar la inseguridad que nos asuela como una forma de solidarizarse con quienes la sufren o la padecen.
Vía libre al delito
Cientos de padres porteños son presos hoy de un miedo invencible que tiene nombre y apellido propio: Nilda Garré.
Todo comenzó a gestarse en el preciso momento en que la “excomandante”, en su rol omnipotente de ministra de Seguridad de Seguridad sacó a la Policía Federal de la custodia de lugares claves, lo cual desató una ola de críticas desde diversos sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue tal el ‘bochinche’ que se armó en las estaciones ferroviarias, de subterráneos, etc., con amenazas incluso de conflictos que llegaron a amenazar la paz social porteña, que hasta Cristina se vio forzada a tomar cartas en el asunto y que obligó a Garré a dejar en suspenso el retiro de la Federal por sesenta días.
Pero, en el interín, la delincuencia organizada, cebada, seguramente, por las facilidades con que cuenta para delinquir, se dedican ahora a tomar por asalto a micros escolares. El nuevo sistema consiste en el secuestro virtual de los pibes, a los que primero desvalijan para luego exigir “rescates exprés”. El terror, pues, ha llegado al corazón de cientos de padres, que no sólo deben soportar la no vigilancia policial a escuelas y colegios sino que ahora, encima, el casi diario asalto de sus hijos que van a estudiar...


viernes, 30 de marzo de 2012
HAY DERECHOS QUE NO SE CUMPLEN EN LA ARGENTINA... QUE HACEMOS?
DIFERENCIA ENTRE CONOCIMINETO Y SABIDURÍA:
CONOCIMIENTO ES PREOCUPARSE POR SABER CUALES SON LOS DERECHOS HUMANOS...
Y LA SABIDURIA ES RESPETARLOS...
Artículo 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2.2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.-DERECHO A LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD PERSONAL Y FAMILIAR.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.-No a la Esclavitud
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.TODOS SOMOS PERSONAS, EN TODO EL MUNDO.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.-DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY, Y PROHIBICIÓN DE DISCRIMINACIÓN
"Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación."
Artículo 8.- DERECHO HUMANO AL ACCESO A LA JUSTICIA Y TRIBUNALES
"Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley."
Artículo 9.-DERECHO A NO SER DETENIDO Y PRESO ARBITRARIAMENTE
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10.- DERECHO A UN JUICIO JUSTO
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11. 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12.DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR, AL HONOR, EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques."
Artículo 13 DERECHO DE LIBRE CIRCULACIÓN, RESIDENCIA, Y DE SALIDA Y REGRESO AL PAIS
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14.DERECHO AL ASILO POLITICO
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15.-Derecho a la nacionalidad
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16.-Derecho al matrimonio y la familia
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17. DERECHO A LA PROPIEDAD Y POSESIÓN
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad
Artículo 18.-DERECHO A LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO, DE CONCIENCIA Y LIBERTAD RELIGIOSA.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19.- LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20.- LIBERTAD DE REUNIÓN Y ASOCIACIÓN
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21.DERECHO A LA DEMOCRACIA
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22.- DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23 DERECHO AL TRABAJO, AL SALARIO, Y LIBERTAD SINDICAL.
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24 DERECHO AL DESCANSO, VACACIONES, TIEMPO LIBRE.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25.-DERECHO AL ALIMENTO, Y VIVIENDA
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26.DERECHO A LA EDUCACIÓN, AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, A LA PAZ, LA
AMISTAD, LA TOLERANCIA Y LA COMPRENSIÓN
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27 DERECHO AL RESPECTO A LA CULTURA, ARTE, CIENCIA, ETC.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora
Artículo 28.- UN MUNDO JUSTO, EN PAZ Y LIBRE
DERECHO AL ORDEN Y PAZ SOCIAL NACIONAL E INTERNACIONAL
"Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos."
Artículo 29.DERECHO AL RESPECTO DE LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS: RESPONSABILIDAD
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30.-INVIOLABILIDAD, INDEROGABILIDAD, UNIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS
"Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración."
¿ESTOS SON TUS DERECHOS HUMANOS?
.
Nadie puede arrebatarte tus derechos humanos


comisarias de LA MATANZA
COMISARIAS MATANCERAS A LAS QUE PODES ACUDIR
Comisarías
JEFATURA DEPARTAMENTAL: 4487-3535
COMANDO DE PATRULLA: 4620-4091
Dependencia | Localidad | Dirección | Teléfono |
Dto. Fem.La Matanza | Isidro Casanova | Roma y Lascano | 011 4625 0474 |
Cria. La Matanza 1º | San Justo | Villegas Nº2459 | 011 4482 5683 – 4484 4700 |
Cria. La Matanza 2º | Ramos Mejia | Av.De Mayo Nº549 | 011 4656 1118 – 4658 1683/ |
Cria. La Matanza 3º | Villa Madero | Pederneras Nº947 | 011 4652 3000/4444 – 4655 |
Cria. La Matanza 4º | Gregorio Laferrere | R.Obligado y Gutierrez | 011 4626 1111/1444 |
Cria. La Matanza 5º | Gonzalez Catan | Saenz Nº404 | 02202 42 2333/2691 |
Dto. 20 De Junio | 20 De Junio | Urien y Castex | 02202 4 |
Cria. La Matanza 6º | Isidro Casanova | Paris Nº2837 | 011 4625 4049/5711 |
Cria. La Matanza 7º | Tapiales | Aut.Richeri y Boul.Sum | 011 4442 7804/ 44805663 |
Cria. La Matanza 8º | Lomas Del Mirador | Quintana y Tapalque | 011 4652 3344/3443 |
Cria. La Matanza 9º | Ciudad Gral.Guemes | Casa 1 Mza 5 C.Evita | 011 4487 2043/4620/3333 |
Cria. La Matanza 10º | Lomas Del Millon | Gral.Acha y Balcarce | 011 4647 0172 – 4653 3344 |
Cria. La Matanza 11º | Villa Recondo | Av.Diaz S/N | 011 4622 4000/4422 |
Cria. La Matanza 12º | Tapiales | Tuyuti y Altolaguirre | 011 4422 3131/ 44620555 |
Cria. La Matanza 13º | La Tablada | Alberti Nº702 | 011 4652 4106/4936 |
Cria. La Matanza 14º | Rafael Castillo | Mendez De Andes Nº1752 | 011 4697 7195/8103 |
Cria. La Matanza 15º | Villa Luzuriaga | Garibaldi Nº2388 | 011 4443 1301 – 4659 3344 |
Cria. La Matanza 16º | Virrey Del Pino | Miller y Warnes | 02202 44 0444/1808 |
Cria. La Matanza 17º | Don Bosco | Olivera y Pedraza | 011 4656 9555 – 4658 6741 |
Cria. La Matanza 18º | Altos De La Ferrere | Santa Rosa Nº5083 | 011 4626 0888/0153 |
Cria. La Matanza 19º | Villa Dorrego | Carzon y Achupallas | 02202 45 1850/3926 |
Cria. La Matanza 20º | San Alberto | Perkins y Desaguadero | 011 4694 2222/9425 |
Cria. La Matanza 21º | San Carlos | Vedoya y Olivieri | 011 4625 4758/6204 |
Cria. La Matanza 22 | Los Pinos | Carabobo y Porteña | 011 4669 0919/20 |
Cdo.Pat. La Matanza | La Matanza | Aut.Richeri Y Pte.12 | 011 4620 4091 |
Grupo Geo | San Justo | R.4 y Aut.Richeri | 011 4620 4091/1092/4080 |
Scdo. Villa Recondo | Villa Celina | Avelino Diaz S/N | 011 4462 2707 |
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