domingo, 1 de marzo de 2015

"La Policía tiene prohibido hacer inteligencia criminal, es decir, prevención"

La reciente reforma de la Ley de Inteligencia fue una oportunidad perdida para la lucha contra la inseguridad, ya que no removió uno de los obstáculos para el combate al delito. Lo explica el abogado penalista César Mayer
El Congreso acaba de aprobar una reforma de los servicios de Inteligencia que sin embargo no modifica en lo esencial las restricciones que la Ley del año 2001 imponía a las fuerzas de seguridad para desarrollar tareas de acopio de información con miras a la prevención del delito.
El doctor César Mayer, integrante del foro Usina de Justicia, explicó a Infobae por qué la actual modalidad de combate contra la delincuencia implica "llegar siempre tarde".
-Se acaba de aprobar una reforma a la Ley de Inteligencia. Usted sostiene que hay un aspecto que no se modificó, a pesar de los efectos que tiene en un tema muy candente en la actualidad que es el de la inseguridad. ¿Podría explicarlo?
Sí, se aprobó la reforma de esa ley pero el tema de la inteligencia criminal fue reproducido en contenido y alcance tal como estaba en la ley original, en el sentido de que se encomienda a los servicios tareas de inteligencia sólo en la medida en que son ordenadas por un juez en el contexto de una causa determinada.

El origen de esto es que durante la época de la dictadura militar, los servicios de Inteligencia fueron puestos al servicio de la represión ilegal, de modo que, restaurada la democracia, cuando hubo que volver a regular los servicios de inteligencia, en vez de mejorarlos, renovar su personal y darles funciones modernas, se decidió, debido a todos los abusos y antecedentes que tenían, limitar sus funciones para intentar prevenir aquellos desvíos de la época anterior.
"LA INTELIGENCIA CRIMINAL ES LA HERRAMIENTA FUNDAMENTAL PARA COMBATIR LA DELINCUENCIA"
¿Qué implica esto en concreto, en la práctica?
Hoy en día, las fuerzas de seguridad, incluyendo Policía, en la práctica tienen prohibido hacer tareas de inteligencia preventiva. Lo que prevé la ley es que sólo hagan tareas de inteligenciareactiva, es decir, cuando un delito se ha cometido, se ha hecho la denuncia, un juez interviene en el caso y decide encomendar a las fuerzas de seguridad tareas de inteligencia, después que el delito se cometió, a veces meses después, para intentar determinar las características del hecho y sus autores.
La Inteligencia criminal como procedimiento de acopiar información en el momento en que el delito se está preparando, es decir, la función preventiva de la Inteligencia criminal, es la herramienta fundamental para combatir la delincuencia y prevenir la inseguridad que hoy asola al país. Porque consiste en que las fuerzas de seguridad puedan acopiar información, no después que el delito se comete, sino antes, para prevenir y evitar los delitos que se puedan cometer.
¿Podría darnos un ejemplo concreto?
Es de conocimiento público que en los barrios se sabe dónde está el puesto de venta de droga, el desarmadero de autos o un lugar de trata de personas, y la policía no hace la tarea preventiva. Es común que los vecinos digan "pero si acá enfrente se vende drogas, a la vuelta hay un desarmadero, ¿cómo es posible que la policía no haga nada? Y es casi seguro que la policía lo sabe, pero está impedida de iniciar acciones porque corre el riesgo de que le digan que ha hecho inteligencia criminal sin estar previamente autorizada por un juez.
Entonces, los organismos que naturalmente deberían ser quienes inician tareas investigativas, tareas de prevención, como la policía y otras fuerzas de seguridad, son precisamente los que no lo hacen por el riesgo de que los acusen de estar infringiendo la ley por no contar con autorización de un juez. Entonces esperan que venga un particular y haga la denuncia, luego esperan que un juez les dé la orden de allanamiento o de investigar... Todas las denuncias deben partir de particulares porque las fuerzas de seguridad no cumplen con su función natural que es prevenir el delito. Cuando detectar dónde se está preparando un delito sería la función natural o lógica de las fuerzas seguridad y es justamente lo que están impedidas de hacer.
"EL DELITO NO SE PUEDE COMBATIR EN LA CALLE Y A LOS TIROS"
En este contexto, ¿tiene sentido incrementar el personal y el equipamiento?
Tener un mayor y mejor equipamiento y personal es una medida útil, insoslayable, y de hecho toda la estrategia de las autoridades, en especial en la provincia de Buenos Aires, y de todos los potenciales candidatos presidenciales, en materia de seguridad, ha consistido en dotar de más personal y de equipo a las fuerzas, y en lo que se llama la saturación de los barrios con personal policial para evitar que el robo o el hecho de violencia se cometa allí donde hay policía. Esto es bueno que suceda pero no es la solución para luchar contra la delincuencia porque lo que se logra es el efecto "espantapájaros": el delito no se comete en la esquina donde está el policía pero se traslada a la otra cuadra, y no es posible la saturación completa: no puede haber un policía que nos cuide a cada uno. En la provincia de Buenos Aires es notable cómo los índices de inseguridad se han trasladado a los barrios más pobres donde no hay saturación. Y si existiera la inteligencia preventiva quizá ni siquiera sería necesaria la saturación de personal policial.
Además el delito no se puede combatir en la calle y a los tiros. Si uno cree que la sociedad va a prevenir la delincuencia o bajar los índices del delito porque la policía salga exitosa de un enfrentamiento con los delincuentes, está equivocado. Esto no es combatir el delito, ni prevenir, es llegar tarde siempre.
Cuando un delito se ha cometido y el juez toma la causa y ordena tareas de inteligencia siempre llega tarde, a veces meses, y entonces ya no sirve la inteligencia.
¿Qué habría que hacer entonces?
Como herramienta para mejorar los índices de inseguridad sería necesario que la ley de inteligencia en el futuro prevea que los organismos de Inteligencia hagan Inteligencia preventiva, es decir, antes de que el delito se cometa y sin necesidad de autorización judicial expresa. Por supuesto que esa autorización sí será necesaria en caso de interceptaciones telefónicas o de correspondencia o de emails, o en caso de allanamientos, que implican entrar en el ámbito de privacidad de las personas. Eso siempre va a requerir orden judicial. Pero la tarea de detectar el sitio y momento en que un delito se está comenzando a preparar no debería depender de la orden de un juez-
¿Qué tipo de control debería hacerse sobre esta actividad para evitar abusos?
Hoy el control parlamentario existe pero sería muy bueno que todas estas actividades estuvieran supervisadas por el Ejecutivo. De hecho, están controlados porque estas fuerzas dependen del Ejecutivo, pero sería muy bueno que, además del control parlamentario en cuanto a la estructura de los servicios, los gastos y demás, lo que es la función específica de la reunión de información y la prevención estuviese supervisada por algún fiscal especial o por algún juzgado especialmente dedicado a temas de Inteligencia.
Cesar Mayer x servicios de inteligencia 2
http://www.infobae.com/2015/02/28/1629739-la-policia-tiene-prohibido-hacer-inteligencia-criminal-es-decir-prevencion

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