lunes, 27 de agosto de 2012


Se reabre el debate por la prisión perpetua para menores de edad

La Sala II de la Cámara de Casación Penal declaró la inconstitucionalidad de la condena en un caso que concernía a tres menores con un frondoso prontuario. Alegaron que violaba la Convención sobre Derechos del Niño. Qué dicen nuestras leyes
Los jueces Ángela Ester Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa hicieron lugar a la revisión en los casos de tres menores que habían sido condenados a la pena de prisión perpetua en 1999.
El fallo invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concluyó que el Estado argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño, al imponer penas de prisión y reclusión perpetuas a quieneseran menores cuando cometieron los delitos por los que fueron juzgados.
César Alberto Mendoza había sido encontrado culpable del robo de tres vehículos, cuatro asaltos a mano armada y dos homicidios calificados. Los hechos delictivos ocurrieron en 1996, cuando tenía 17 años.
Con esa misma edad, Claudio David Núñez fue también condenado a prisión perpetua por asaltos a mano armada, lesiones y cinco homicidios calificados. Finalmente, Lucas Matías Mendoza fue encontrado culpable de la comisión de dos homicidios calificados y de robos a mano armada cometidos cuando sólotenía 16 años.
La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7° del Código Penal en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes por lesionar la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad. Ahora, la causa será remitida al Tribunal Oral de Menores Nro. 1 para que fije una nueva sanción de acuerdo a los parámetros expuestos en la sentencia y en el informe 172/10...

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